Nuestros Servicios


SERVICIOS PROTOCOLARES

COMPRA VENTA
  • Declaración jurada de autoevalúo del inmueble, incluyendo los formularios hr y pu (pueden ser obtenidos en la municipalidad del distrito en que se encuentra ubicado el inmueble)

  • Recibos cancelados del impuesto predial correspondientes a los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia del inmueble.

  • Copia literal (actualizada) de la partida registral del inmueble materia de venta (se obtiene en los registros públicos).

  • Minuta suscrita por cada vendedor y comprador y autorizada por un abogado.

  • Copia del documento de identidad de cada contratante.

  • Pago de impuesto de alcabala (cuando corresponda).

  • Recibo de pago a cuenta del impuesto a la renta (cuando corresponda).

  • En caso se actúe a través de apoderados deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes (se obtiene en los registros públicos). asimismo, en caso se actúe en representación de una persona jurídica, deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes en la persona jurídica.

  • Si se va a utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta), se deberá hacer llegar una copia del cheque o del voucher de depósito en cuenta.

  • Similares requisitos se aplican a los contratos de permuta (debiéndose acompañar la documentación respecto a cada uno de los inmuebles objeto de la transferencia), así como en los contratos de dación en pago y demás en que se transfiera la propiedad de inmuebles.

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SERVICIOS EXTRA PROTOCOLARES

LEGALIZACIÓN DE LIBROS
  • Declaración jurada de autoevalúo del inmueble, incluyendo los formularios hr y pu (pueden ser obtenidos en la municipalidad del distrito en que se encuentra ubicado el inmueble)

  • Recibos cancelados del impuesto predial correspondientes a los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia del inmueble.

  • Copia literal (actualizada) de la partida registral del inmueble materia de venta (se obtiene en los registros públicos).

  • Minuta suscrita por cada vendedor y comprador y autorizada por un abogado.

  • Copia del documento de identidad de cada contratante.

  • Pago de impuesto de alcabala (cuando corresponda).

  • Recibo de pago a cuenta del impuesto a la renta (cuando corresponda).

  • En caso se actúe a través de apoderados deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes (se obtiene en los registros públicos). asimismo, en caso se actúe en representación de una persona jurídica, deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes en la persona jurídica.

  • Si se va a utilizar un medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta), se deberá hacer llegar una copia del cheque o del voucher de depósito en cuenta.

  • Similares requisitos se aplican a los contratos de permuta (debiéndose acompañar la documentación respecto a cada uno de los inmuebles objeto de la transferencia), así como en los contratos de dación en pago y demás en que se transfiera la propiedad de inmuebles.